
DANA y contabilidad, ¿cómo reflejar correctamente las ayudas, pérdidas e indemnizaciones?
Cuando una catástrofe natural altera el pulso de una empresa, la contabilidad no puede limitarse a tomar nota. Debe interpretar, clasificar y narrar con fidelidad los efectos reales que la fuerza mayor ha causado sobre los activos, los ingresos y el equilibrio económico. Eso es, precisamente, lo que plantea la reciente Consulta 2 del BOICAC 141, que aborda el tratamiento contable de las subvenciones y ayudas directas derivadas de la DANA, así como las pérdidas irreversibles del inmovilizado.
Lo económico prima sobre lo jurídico
Uno de los principios que vertebra la respuesta del ICAC es la prevalencia del fondo económico sobre la forma jurídica. Esta afirmación, recogida con sobriedad en el artículo 34.2 del Código de Comercio, cobra vida en situaciones como las generadas por la DANA: las ayudas, las indemnizaciones y los efectos patrimoniales deben interpretarse con una mirada que va más allá del formalismo.
En este contexto, el tratamiento contable de las ayudas recibidas se guía por lo dispuesto en la Norma de Registro y Valoración 18.ª del Plan General de Contabilidad. A falta de contraprestación exigible y siempre que la ayuda sea no reintegrable -es decir, exista acuerdo individualizado de concesión, se hayan cumplido las condiciones y no haya dudas razonables sobre su cobro- se procederá a su reconocimiento como ingreso imputado inicialmente al patrimonio neto.
¿Cómo imputar las ayudas a resultados?
No hay una única regla. La imputación dependerá de la finalidad asignada. Si la ayuda compensa un déficit de explotación concreto, se reconocerá como ingreso del ejercicio correspondiente. Si se destina a adquirir un bien de inmovilizado, su impacto se distribuirá proporcionalmente a lo largo del periodo de amortización del bien adquirido. En cambio, si no se vincula a una finalidad concreta -como ocurre en algunos casos de ayudas a empresas activas en el censo de empresarios-, se reconocerá íntegramente como ingreso en el momento en que se cumplan los requisitos para su contabilización.
Este punto, aunque pueda parecer técnico, tiene implicaciones muy reales: no es lo mismo repartir el ingreso en varios ejercicios que registrar un beneficio puntual significativo, lo cual puede distorsionar la imagen fiel si no se detalla adecuadamente en la memoria.
Inmovilizado perdido
Más allá de las ayudas, la otra cara del desastre son las pérdidas. Cuando un bien del inmovilizado -ya sea maquinaria, instalaciones o edificios- queda inutilizado por completo a causa del siniestro, su baja contable debe ejecutarse de forma inmediata. Así lo establece la Norma Cuarta de la Resolución de 1 de marzo de 2013, que regula las bajas del inmovilizado por siniestro.
En estos casos, la empresa debe retirar del balance el valor neto contable del activo destruido y registrar un gasto en la cuenta de pérdidas y ganancias. Este gasto se imputará, por defecto, a la cuenta 678 «Gastos excepcionales», salvo que su cuantía justifique la creación de una partida específica bajo el epígrafe «Otros resultados».
¿Y si el bien estaba asegurado?
Aquí la norma introduce una matización crítica. Si la empresa tiene contratado un seguro y la indemnización es prácticamente cierta -no meramente probable-, entonces sí puede registrarse un ingreso por la compensación esperada. La cuantía de este ingreso no podrá superar, en ningún caso, el importe mínimo asegurado aceptado por la aseguradora. Pero si aún existe incertidumbre razonable sobre el importe o la aceptación del siniestro, el ingreso deberá esperar.
Esta prudencia contable, lejos de ser una traba, protege la coherencia de los estados financieros y evita inflar los resultados con expectativas que aún no se han materializado.
La transparencia, en la memoria
No hay relato fiel sin memoria completa. El ICAC recuerda que todos estos efectos -desde el reconocimiento de las ayudas hasta la baja del inmovilizado y las posibles indemnizaciones- deben explicarse con detalle en la memoria de las cuentas anuales. No se trata solo de cumplir con una obligación formal, sino de garantizar que el lector de los estados financieros comprenda con claridad el impacto real de la DANA sobre la situación de la empresa.
Reflexión final
Una catástrofe como la DANA no solo arrastra materiales, también remueve principios, pone a prueba sistemas y exige rigor. En ese contexto, la contabilidad deja de ser una disciplina estática para convertirse en una crónica de lo sucedido, con todas sus implicaciones económicas y humanas. Aplicar correctamente la NRV 18.ª, valorar las pérdidas según criterios objetivos y describir sin ambages lo ocurrido no es un simple deber técnico: es una muestra de solvencia, responsabilidad y compromiso con la verdad.
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